Cálculo de intereses en la demanda de ejecución

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Cálculo de intereses en la demanda de ejecución

Hoy vamos a hablar de cómo se calculan los intereses en una demanda de ejecución dineraria civil.

Partiremos de este ejemplo:

El día 02/01/1980 Ticio interpone una demanda contra Cayo reclamándole 1000 denarios.

El día 02/03/1980 se dicta sentencia estimando las pretensiones del demandante.

El día 01/05/1980 Ticio interpone demanda de ejecución de dicha sentencia

1.- Intereses moratorios.

Se regulan en el primer párrafo del artículo 1109 del Código Civil.

Los intereses vencidos devengan el interés legal desde que son judicialmente reclamados, aunque la obligación haya guardado silencio sobre este punto.

Entonces, en primer lugar calcularemos el interés legal de 1000 denarios durante los 61 días transcurridos desde el 02/01/1980 (interposición de la demanda) hasta el 02/03/1980 (fecha de la sentencia).

Considerando que el interés legal fuera el 4% multiplicaríamos 1000 denarios por 0,04 y así averiguaríamos que en un año se devengaría un interés de 40 denarios.

Para saber cuánto se devengaría en esos 61 días dividimos 40 denarios entre los 365 días que tiene el año y los multiplicamos por 61

40 / 365 X 61 = 6,68

2.- Intereses procesales.

Se regulan en el primer párrafo del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

Desde que fuere dictada en primera instancia, toda sentencia o resolución que condene al pago de una cantidad de dinero líquida determinará, en favor del acreedor, el devengo de un interés anual igual al del interés legal del dinero incrementado en dos puntos o el que corresponda por pacto de las partes o por disposición especial de la ley.

Como Ticio y Cayo no pactaron nada al respecto repetiremos la operación anterior incrementando el interés en 2 puntos. El plazo casualmente es el mismo.

1000 denarios X 0,06 / 365 días X 61 días = 10,03 denarios

Ergo en la demanda de ejecución pediremos:

1000 denarios de principal + 6,68 denarios de interés legal + 10,03 de interés procesal = 1016,71 denarios.

Y provisionalmente, para los intereses (legal +2 puntos) que se generen durante la ejecución y para las costas de la misma presupuestaremos un 30€

1016,71 X 0.3 =305,03

Y así el letrado de Ticio pedirá a su señoría que se despache ejecución por 1.016 denarios y de 305,03 presupuestados provisionalmente para intereses y costas de la ejecución.

Eso es todo amigos.

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