MEDIACIÓN CIVIL: Una herramienta excepcional

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MEDIACIÓN CIVIL: Una herramienta excepcional

La mediación es un procedimiento alternativo al judicial que tiene muchos atractivos pero el desconocimiento y la desconfianza que el mismo despierta muy probablemente por su falta de arraigo social impiden que despliegue todas sus bondades.

Recientemente este despacho se ha ocupado activamente de la mediación en un conflicto vecinal que se encontraba atascado desde hacía tiempo.

No es la primera vez que nos hemos planteado el uso de las técnicas de la mediación como alternativa a la resolución de un conflicto, sin embargo, los recelos que este procedimiento despierta, impedía llevarlo a cabo.

Si bien desde los albores de la humanidad jueces y letrados han realizado labores de mediación entre las partes y todos los días a la puerta de las salas de vistas se evita celebrar juicios mediando, hoy nos vamos a referir a la mediación formal y reglada sin querer hacer de menos a la “mediación de toda la vida”:

  1. En la mediación son las partes las que resuelven sus problemas, mientras que en el procedimiento judicial lo dejamos en manos de un 3º.
  2. En la mediación son las partes las que exponen sus diferencias e interactúan activamente con las de su oponente.
  3. La mediación es mucho más ágil. En esta ocasión en apenas tres sesiones conjuntas se ha resuelto un problema que judicialmente hubiera supuesto tres demandas, con los inconvenientes que ello acarrea.

Un primer trabajo que ha de emprender el abogado interesado en las prácticas de mediación es informar detalladamente de su funcionamiento, de los beneficios de su utilización y de las ventajas que ello conlleva. Es muy posible, que este primer intento se haya de repetir en sucesivas ocasiones hasta que su cliente muestre interés por él. No es de extrañar, que el conflicto lleve enquistado mucho tiempo, y cualquier intento por animar a emprender la mediación caiga en saco roto.

En nuestro caso, hemos tenido que motivar a las partes, haciendo uso de multitud de fórmulas: reuniones conjuntas entre las partes enfrentadas, reuniones individuales, clientes y abogados, reuniones entre abogados, llamadas por teléfono, sesiones informativas del funcionamiento de la mediación, analizando los pros y contras de actuar por vía judicial o emprender la mediación.

En este viaje, no es de extrañar que nos topemos con multitud de inconvenientes; hemos de tener en cuenta que tras acceder las partes a emprender una mediación, se han de firmar las actas de inicio y comenzar con las sesiones conjuntas. Las sesiones individuales no son convenientes. Se recomienda ya desde el inicio las sesiones conjuntas y pasar este primer trance, en el que el desahogo emocional jugará un papel fundamental.

En este momento, es fundamental un buen conocimiento del asunto a tratar. Un buen conocimiento de las preocupaciones de las partes, de sus motivaciones incluso de sus emociones. Saber gestionar este escenario con calma será fundamental.

Sobra decir, que el respeto a las partes y a los mediadores ha de guiar todo el proceso. Las partes han de escucharse los unos a los otros, y explicar como ven ellos el problema, y que solución plantearían.

Hemos podido comprobar, que tras los problemas siempre existen otras cuestiones, que lo agrandan innecesariamente. Normalmente disputas personales por diferencias anteriores acentúan el problema a resolver.

En nuestro despacho contamos con mediadores profesionales que seguro podrán ayudarles con la iniciación de las técnicas de mediación para resolución de conflictos.

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