Freelances y Primacía de la Realidad

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Freelances y Primacía de la Realidad

Entre las pocas ofertas de empleo que aparecen hoy en día en los medios especializados se repite con frecuencia la palabra freelance, término medieval británico para referirse al caballero que no trabaja para ningún señor en concreto y cuyos servicios puede contratar cualquiera.

Inicialmente el uso moderno del término se refería a la modalidad de trabajo en el ámbito periodístico a través de la cuál los periódicos compraban informaciones o fotografías a profesionales autónomos.

Posteriormente se fue incluyendo al resto de profesiones liberales típicas.

Hoy en día es posible ver ofertas de trabajo de cualquier tipo como freelance. Y aquí surge la duda. ¿Hablamos de freelances o de falsos autónomos?

Una persona que trabaja en exclusividad o en su mayor parte para un único “cliente” no es un autónomo ni lo es tampoco quien depende de un único “cliente”.

Dice un viejo aforismo civilista que “las cosas son lo que su naturaleza y no su denominación determina”. Así, el llamado principio de primacía de la realidad constituye un mecanismo de preservación del ordenamiento jurídico laboral basado en la indisponibilidad de gran parte de las normas laborales.

Dicho mecanismo obra viciando de nulidad aquellos acuerdos que pretenden desconocer el ordenamiento laboral de manera tal que, si la realidad práctica y los acuerdos no coinciden, se tomará en consideración la primera.

Esto no significa que no haya autonomía de la voluntad en el ámbito laboral, sino que la habrá para establecer condiciones que mejoren los mínimos que las normas laborales reconocen al trabajador.

De esta manera, dos personas podrían celebrar formalmente un contrato civil o mercantil (bajo cualquier denominación) que se tradujera materialmente, en la práctica, en una prestación con todas las características que definen al contrato laboral.

Dicha relación contractual en virtud del principio que nos ocupa sería considerada como laboral por un juez.

El poeta americano James Whitcomb Riley escribió: “Cuando veo un pájaro que anda como un pato, nada como un pato .” De igual modo cuando un juez ve subordinación, ajenidad, dependencia, remuneración, prestación personal, horario y jornada de trabajo uniformes, inclusión en el organigrama, exclusividad en la prestación de servicios, documentos que prueben sumisión a las directrices empresariales… lo llama contrato de trabajo.

 Podemos encontrar este principio en laslegislaciones de muchos países, lo cual no es de extrañar ya que, sin él,[ la función protectora respecto al trabajador, que da sentido a la existencia derecho laboral, se convertiría en papel mojado.

 Todas esas ofertas de trabajo de hoy en día en calidad de freelance lo serán en realidad o no lo serán en absoluto ya que en caso de conflicto, el juzgador le llamará al pan, pan, al vino, vino y al falso autónomo trabajador por cuenta ajena.

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